¿Puedo retirar mi ahorro de la AFAP?

¿Puedo retirar mi ahorro de la AFAP?

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2020-04-01T15:32:00

El saldo de la cuenta de ahorro en la AFAP tiene como principal objetivo el pago de jubilaciones y prestaciones del trabajador afiliado.

Sin embargo, la Ley 20.130 establece ciertas excepciones que sí permiten el acceso anticipado a parte o la totalidad del saldo de la cuenta de ahorro individual de la AFAP:

• Las personas que se encuentren dentro del Régimen Jubilatorio Anterior, las comprendidas en el período de transición de edades para la configuración de causal normal y las comprendidas en las causales anticipadas que luego de cumplir con los requisitos necesarios para jubilarse, continúen en actividad o hayan postergado la solicitud de jubilación por un mínimo de tres años por el régimen de solidaridad (BPS y demás entidades previsionales), podrán retirar hasta el 9% del saldo acumulado en sus cuentas de ahorro en la AFAP.

El retiro de ese anticipo se habilita una vez que haya transcurrido ese mínimo de tres años luego de cumplir con los requisitos necesarios para jubilarse. Por ejemplo, un trabajador que al día de hoy tiene 63 años y que a los 60 años ya estaba habilitado para poder jubilarse (pertenece al Régimen Jubilatorio Anterior y tenía 30 o más años de trabajo), está en condiciones de retirar parte de su ahorro (hasta el 9%).

• Aquellas personas que, según dictamen de la entidad previsional correspondiente, se hayan incapacitado en forma absoluta y permanente para todo trabajo pero que no cumplan los requisitos necesarios para jubilarse por incapacidad, podrán acceder en un pago al saldo que tengan acumulado en su cuenta de ahorro individual de la AFAP.

• La ley establece, además, la posibilidad de que los afiliados no residentes en el país puedan solicitar el reintegro del saldo acumulado en su cuenta, siempre que se reúnan ciertos requisitos.

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