Haber Sucesorio

Información sobre trámites

Información sobre trámites
2025-02-05T15:08:00

Haber Sucesorio

El trámite de haber sucesorio permite a los herederos del afiliado fallecido en actividad acceder al saldo acumulado en su cuenta de ahorro en República AFAP, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

¿Cómo iniciar el trámite?

  • Antes de iniciar el trámite, es necesario verificar si existen beneficiarios de pensión de sobrevivencia. Si hay beneficiarios potenciales, deben realizar el trámite correspondiente ante el BPS. En caso de que el BPS deniegue todas las pensiones, podrá iniciarse el trámite de haber sucesorio. Para conocer los casos de posibles beneficiarios, ingresá aquí.
  • Para que el trámite pueda iniciarse, deben haber transcurrido al menos un año y tres meses desde el fallecimiento del afiliado. Este es el período en el cual el BPS emite la documentación necesaria para avanzar con el trámite. 
  • Una vez transcurrido este plazo, los herederos deben contactarse con República AFAP para asesorarse sobre el trámite a realizar. 

Podés hacerlo contactándote al 0800 2888 de 9 a 18 h o escribiéndonos a [email protected]

Para conocer más sobre qué sucede en caso de fallecimiento de un afiliado, ingresá aquí.

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