Afiliación y cambio de AFAP

Afiliación y cambio de AFAP

Pueden optar por afiliarse a una AFAP las personas que ya realizaban una actividad laboral amparada por el BPS antes del 1/12/2023 y que actualmente ganan menos del Tope 1 de ingresos nominales (hoy $ 90.855), el cual establece la obligatoriedad de la afiliación.

Los trabajadores que iniciaron una actividad laboral a partir del 1/12/2023 están obligados a afiliarse a una AFAP, sin importar la entidad previsional a la que aporten.

Asimismo, quienes aún no comenzaron a trabajar pueden afiliarse a una AFAP y realizar aportes voluntarios a una cuenta personal para empezar a ahorrar para su futura jubilación. Cuando inicien una actividad laboral sus aportes previsionales se dirigirán a su cuenta de ahorro individual obligatorio de la AFAP a la que se habían afiliado previamente.

Existen distintos factores que inciden en la obligatoriedad de la afiliación.

La afiliación a la AFAP es obligatoria para las personas comprendidas en el Sistema Previsional Común que ingresen al mercado de trabajo a partir del 1/12/2023 y para quienes se encuentren trabajando e inicien a partir de esa fecha una nueva actividad amparada por otra entidad previsional(1). Estos trabajadores realizarán aportes a la entidad previsional que corresponda y a una AFAP obligatoriamente.

En caso de no elegir una AFAP de manera voluntaria dentro de los primeros tres meses de actividad serán asignados de oficio a la que tenga la comisión más baja (comisión sobre saldo) en el mes anterior. Luego de 36 meses si no hubieran optado por una administradora, se asignarán a la AFAP de mayor rentabilidad neta(2)

Mientras no se elija voluntariamente una AFAP, el proceso de asignación de oficio se repetirá cada 60 meses, asignando a la AFAP que tenga la mayor rentabilidad neta promedio de los 60 meses anteriores.

Por otra parte, también quedarán obligados a afiliarse a una AFAP los trabajadores que ya aportaban al BPS y superan el Tope 1 de ingresos nominales (hoy $90.855).

Los trabajadores que realizaban una actividad amparada por entidades previsionales diferentes al BPS antes del 1/12/2023, comprendidos en el régimen anterior o en la convergencia de regímenes, no están obligados a afiliarse a una AFAP.

Para afiliarte a República AFAP ingresá aquí.

(1) Entidades de Seguridad Social comprendidas: Banco de Previsión Social, Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. Se excluye a la Caja Notarial de Seguridad Social para el régimen de ahorro individual, que se evaluará luego de transcurridos tres años desde la entrada en vigencia de la Ley. 

(2) La rentabilidad neta es una proyección de la rentabilidad que obtendría un afiliado a lo largo de su vida laboral activa, considerando la rentabilidad bruta que consigue la AFAP y los costos que enfrenta el afiliado. Combinándose ambas variables, se traduce en una única medida de rentabilidad neta. Los costos que enfrenta el afiliado son: costo de administración, prima de seguro y la comisión de custodia.

El traspaso de una AFAP a otra es posible y no tiene ningún costo.

Los trabajadores comprendidos en la Ley 16.713 que están afiliados a una AFAP, podrán cambiarse cuando registren 6 aportes en su actual AFAP. El trámite es muy sencillo: solo tienen que dirigirse a la AFAP a la que quieran ingresar, con la CI vigente y solicitar el traspaso.

Podés iniciar este trámite en cualquiera de nuestras agencias

Por otra parte, los trabajadores comprendidos en la Ley 20.130 - que ingresaron al mercado de trabajo formal por primera vez a partir del 1/12/2023 o iniciaron una nueva actividad amparada por otra entidad de Seguridad Social a partir de esa fecha - a quienes se les haya asignado una AFAP por estar obligados y no elegir una, podrán elegir otra en los primeros 3 meses, sin necesidad de tener 6 meses de aportes, por considerarse primera afiliación. En este caso pueden solicitar el asesoramiento y serán visitados por un Asesor Previsional en el lugar que deseen.

El monto ahorrado en la cuenta de ahorro de la persona afiliada se transfiere de forma íntegra a la nueva AFAP. Es un trámite gratuito y se transfiere el saldo total que tiene el afiliado de una a otra AFAP, sin ningún tipo de descuento.

No hay límite en la cantidad de traspasos por persona, es decir, los trabajadores pueden cambiar de AFAP tantas veces como lo crean oportuno debiendo registrar al menos 6 meses de aportes en cada AFAP.

No. En caso de que dejes de trabajar no debés realizar ningún trámite en la AFAP.

El día que retomes tu actividad, el BPS -organismo encargado de recaudar los aportes- transferirá a la AFAP la cuota parte de aportes que corresponde acreditar en tu cuenta y podrás corroborar tu aporte a través del estado de cuenta que nosotros te enviamos siempre, sin importar si estás trabajando o no.

Si lo preferís, cuando inicies nuevamente la actividad podés comunicarte con República AFAP a través de nuestro servicio gratuito de asistencia telefónica 0800 2888 y verificar que la empresa en la que estás trabajando esté realizando correctamente los aportes.

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